| Fiestas Patrias 2008: Preguntas y Respuestas |
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| Thursday, 04 de September de 2008 | |
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- ¿Qué trabajadores están exentos de estos feriados? - ¿Cuál es la situación de los trabajadores y trabajadoras de las tradicionales fondas dieciocheras? - Este año, ¿será feriado el 17 de septiembre? - ¿A quiénes les corresponde recibir aguinaldo? - ¿Cuándo el aguinaldo se considera como un derecho adquirido? - ¿Cuáles son los montos estipulados para este año para los funcionarios públicos y pensionados? ¿Qué días fija la ley como feriados irrenunciables para los trabajadores y trabajadoras del comercio? La Ley 20.215 fijó nuevas normas en materia de jornada laboral y descansos para los trabajadores y trabajadoras del comercio, estableciendo que serán feriados irrenunciables para ellos y ellas los días 18 de septiembre, 25 de diciembre, primero de enero y primero de mayo. Estarán exceptuados de estos feriados irrenunciables aquellos trabajadores y trabajadoras que laboran en clubes, restaurantes, establecimientos de entretención, tales como cines, espectáculos en vivo, discotecas, pub, cabarets, casinos de juego y otros lugares de juego legalmente autorizados. La norma tampoco se aplica a los dependientes de expendio de combustibles, farmacias de urgencia y de las farmacias que deban cumplir turnos fijados por la autoridad sanitaria. Están legalmente habilitados para prestar servicios el 18 de septiembre, por cuento una fonda es asimilable a un restaurante, además de un establecimiento de entretención, lo que los exceptúa de la norma. Este año no corresponde. La ley consigna que, en cada año calendario que los días 18 y 19 de septiembre sean días martes y miércoles, respectivamente, o miércoles y jueves, respectivamente, será feriado el día lunes 17 o el día viernes 20 de dicho mes, según el caso. En nuestro país, la entrega de aguinaldos opera según acuerdo de las partes, es decir, entre trabajador y empleador, ya que no es una norma legal. En caso de haberse dado aguinaldo a los trabajadores de una empresa antes, sistemáticamente, su entrega para los años siguientes opera como cláusula tácita. Es decir, se entiende como un derecho adquirido. Por ejemplo, si un empleador entrega aguinaldo por 3 o 4 años seguidos y al 5º no puede hacerlo, los sindicatos podrán reclamar este derecho ante la justicia laboral. Este año, los funcionarios públicos recibirán como aguinaldo $ 42.549 para remuneraciones líquidas iguales o inferiores a $ 435.000 y de $ 29.638 para las remuneraciones superiores, con un tope de $ 1.461.964 brutas.Para los beneficiarios de la Pensión Solidaria, el aguinaldo de Fiestas Patrias será de $ 11.664, más un bono de $ 6.005 por cada carga.
Fuente: http://www.dt.gob.cl. |
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- ¿Qué días fija la ley como feriados irrenunciables para los trabajadores y trabajadoras del comercio?